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año:2013
 
institución:HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
 
institución:HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio No.12182 08 de noviembre de 2013 DCA-2812 MBA. Francisco Castro Madrigal Director Administrativo a.i. Dirección Administrativa Financiera C.C.S.S – H.S.R.A Estimado Señor: Asunto: Se deniega el refrendo al contrato n° 2013-000003-2205 para la Adquisición de Sistema de Videoendoscopía de Alta y Baja, suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social (Hospital San Rafael de Alajuela) y Elvatron, S.A., Licitación Pública número 203LN-000001-2205, por un monto $474.571,08, por no requerir el refrendo de esta Contraloría General. Damos respuesta a los oficios número DAF-1556-13 de fecha 25 de octubre de 2013, mediante el cual solicita a este órgano contralor el refrendo al contrato detallado en el asunto. I. Criterio del Despacho Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 inciso 1) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, reformado mediante resolución número R-DC-31-2012 de las trece horas del siete de marzo de dos mil doce, este Despacho deniega el refrendo contralor al contrato antes detallado, en vista que el contrato remitido para refrendo se encuentra excluido de este trámite. Dicho numeral en lo que interesa establece lo siguiente: “Artículo 3°-Contratos administrativos sujetos al refrendo. Se requerirá el refrendo en los siguientes casos: 1) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública del estrato superior inmediato de aquel en el que se encuentra ubicada la Administración contratante, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa. En el caso de las Instituciones ubicadas en ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Documento: 12182-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al Contestar refiérase al oficio No 12176 08 de noviembre, 2013 DCA-2808 MBA Francisco Castro Madrigal Director Administrativo a.i Hospital San Rafael de Alajuela de la Caja Costarricense del Seguro Social Fax: 24361037, 24361039, 24361066 Estimado señor: Asunto: Se deniega el refrendo al contrato para suministro de servicio de aseo y limpieza para el Hospital San Rafael de Alajuela, sucrito entre el Hospital San Rafael de Alajuela de la Caja Costarricense del Seguro Social y Corporación González y Asociados Internacional S.A, producto de la Licitación Pública Nacional 2012No.000003-2205, por un monto de ¢464.701.908, por el plazo de un año. Nos referimos a su oficio No. DAF-1459-13 de fecha 1 de octubre del 2012, recibido en esta Contraloría General el 2 de octubre del 2013, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato descrito en el asunto. Este órgano contralor requirió información adicional mediante oficio DCA-2675 de fecha 29 de octubre del 2013, el cual fue atendido por la Administración mediante oficio DAF-1590-13 de fecha 31 de octubre del 2013 presentado en la Contraloría General en fecha 1 de noviembre del 2013. I. Criterio de la División Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los alcances del análisis del contrato, se deniega refrendo contralor del mismo, por las razones que de seguido se exponen. El artículo 8 inciso 1) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, señala: “Artículo 8.- Alcance del análisis de los contratos […] dicho análisis no implica una revisión integral del expediente de la contratación, sino que se circunscribe a la verificación de los siguientes aspectos:/ 1) Que exista contenido presupuestario para cubri ...
Fecha publicación: 13/11/2013
Fecha emisión: 08/11/2013
Documento: 12176-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09911 19 de setiembre del 2013 DCA-2266 Señora Yamileth Obando Salazar Directora General Hospital San Vicente de Paul Estimada señora: Asunto: Se concede el refrendo al contrato No. 000001-2013 y a su primera adenda de 23 de julio de 2013, para la adquisición de reactivos para el tamizaje de sedimento urinario automatizado, bajo la modalidad de consignación, sucrito entre el Hospital San Vicente de Paul y Capris S.A. (Licitación Pública Nacional 2013LN-000002-2208) Nos referimos a su oficio No. HSVP-DG-1690-2013 de 28 de agosto del 2013, mediante el cual remite el expediente administrativo de la Licitación Pública Nacional 2013LN-000002-2208, a efectos de que “se continúe con el trámite de refrendo”, constando en dicho expediente el original del contrato No. 000001-2013, y el original de su primera adenda. I. Antecedentes Mediante oficio No. HSVP-DG-1048-2013, presentado ante este órgano contralor el día 14 de junio de 2013, se solicitó el refrendo del contrato No. 000001-2013, siendo que al amparo del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se solicitó información adicional mediante los oficios DCA-1583 y DCA-1699, del 08 y 19 de julio de 2013 respectivamente. Con ocasión de la última prevención, ese nosocomio mediante oficio HSVP-DG-1392-2013 del 24 de julio de 2013 remitió una adenda al contrato No. 000001-2013. Posteriormente mediante oficio HSVP- DG-1678-2013 del 27 de agosto de 2013, retiró la gestión y el expediente de la Licitación Pública Nacional 2013LN-000002-2208, a efectos de “revisión y corrección del documento”. Posteriormente, el Hospital mediante oficio HSVP-DG-1690-2013 remitió el expediente administrativo del concurso en mención, a efectos de que “se continúe con el trámite de refrendo”, constando en dicho expediente los original ...
Fecha publicación: 24/09/2013
Fecha emisión: 19/09/2013
Documento: 09911-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contentar refiérase al oficio NNº 09077 30 de agosto del 2013 DCA-2086 Dra. Yamileth Obando Salazar Directora General Caja Costarricense del Seguro Social Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo contralor al contrato No. 000002-2013 y adenda No.000001-2013 para la adquisición de reactivos para pruebas especiales de inmunología por consignación según demanda y la adenda No. 000001-2013, sucrito entre el Hospital San Vicente de Paul de Heredia de la Caja Costarricense del Seguro Social y Abbott Healtcare Costa Rica S.A., productos de la Licitación Pública 2013LN-000001-2208. Nos referimos a su oficio No. HSVP-DG-1047-2013 de fecha 13 de junio del 2013, recibido en esta Contraloría General el 14 de junio del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato suscrito en el asunto. Mediante oficio No. DCA-1598 de fecha 09 de julio del 2013, este órgano contralor requirió información a la Administración el cual fue atendido por la Administración mediante oficio No. HSVP- DG-1327-2013 de fecha 17 de julio del 2013. Vista la respuesta otorgada por la Administración a la solicitud de información adicional este órgano contralor mediante oficio DCA-1732 de fecha 21 de julio del 2013 requirió información adicional y adenda a la Administración, la cual fue atendida mediante oficio No. HSVP-DG-1469-2013 de fecha 1 de agosto del 2013. Por disposición del artículo 8 del Reglamento de Refrendos, se tiene por acreditado lo siguiente: 1. Que mediante oficio sin número de fecha 13 de marzo del 2013, la Administración realizó el análisis técnico de las ofertas, en el cual se concluye que la oferta de Abbott Healthcare cumple. (Folios 411 – 412 del expediente administrativo) 2. Que mediante acta de adjudicación No. 02-13 de las 12:00 del 19 de mayo del 2013, la Administración adjudicó el concurso a la empresa Abbott Helthcare. (Folios ...
Fecha publicación: 04/09/2013
Fecha emisión: 30/08/2013
Documento: 09077-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07309 16 de julio, 2013 DCA-1666 Doctora Yamileth Obando Salazar Directora General Hospital San Vicente de Paúl Fax: Estimada señora: Asunto: Se autoriza contratar directamente a Oficina de Investigación Confidencial Seguridad y Vigilancia OFICSEVI S.A., los servicios de seguridad y vigilancia del Hospital San Vicente de Paúl, por un plazo de 4 meses, y por un monto máximo de ¢132.504.000, a razón de ¢33.126.000 mensuales. Me refiero a sus oficios HSVP-DG-1250-2013, y HSVP-DG-1280-2013 del 9 y 11 de julio del presente año, mediante los cuales solicita autorización para contratar directamente los servicios de seguridad y vigilancia referidos en el asunto. 1) Antecedentes y justificaciones. a) En febrero de 2010 se inició la tramitación de la Licitación Pública 2010LN-000001- 2208, para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para el Hospital, la cual se adjudicó a Servicios Administrativos Vargas Mejías S.A. (VMA Seguridad S.A.). b) El acto de adjudicación fue apelado por el Consorcio conformado por Servicios de Monitoreo Alfa S.A. y Seguridad Alfa S.A., mediante R-DJ-414-2010 de las 14 horas del 20 de agosto de 2010, la División Jurídica rechazó por improcedencia manifiesta tal recurso, en virtud de que esta Contraloría General de la República, carecía de competencia para el conocimiento del recurso interpuesto, además se señaló que nos encontrábamos en presencia de un vicio de nulidad relativa generado con ocasión de la falta de competencia de la Dirección General del Hospital San Vicente de Paúl para dictar el acto de adjudicación de la Licitación Pública 2010LN-000001-2208. c) El 25 de octubre de 2010, la Gerencia Médica de la CCSS convalidó el acto de adjudicación de la referida licitación pública 2010LN-0000012-2208, acto apelado nuevamente por el Consorcio de marras, mediante R-DCA-063-2 ...
Fecha publicación: 19/07/2013
Fecha emisión: 16/07/2013
Documento: 07309-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


R-DCA-410-2013 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del diez de julio del dos mil trece. ------------------------ Recurso de apelación interpuesto por la empresa Tecnologías Aplicadas a la Medicina e Industria, TECAMI S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2013LA- 000018-2205, promovida por el Hospital San Rafael de Alajuela, para la adquisición de “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos de Consulta Externa”, acto recaído a favor de las empresas Carlos Latouche Mayorga (ítems 1, 2, 3), Insumed Inc. S.A. (ítems 5, 6, 7, 8) y Ancamédica S.A. (ítems 9, 10, 11) por un monto adjudicado total de ¢7.606.434,00.------------------ RESULTANDO I. Que la empresa Tecnologías Aplicadas a la Medicina e Industria, TECAMI S.A. presentó recurso de apelación ante este órgano contralor el día 27 de junio de 2013 (ver folios 01 al 54 del expediente de apelación).------------------------------------------------------------------------------------------ II.- Que mediante auto de las catorce horas del veintiocho de junio de dos mil trece se solicitó el expediente administrativo de la licitación de referencia y la Administración mediante el oficio No. DAF-0922-13 del primero de julio de dos mil trece, remitió el expediente original que consta de un tomo de 638 folios. (Ver folios 57 al 60 del expediente de apelación).------------------------------------ III.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley y en su trámite se han observado las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. ---------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: 1) Que el Hospital San Rafael de Alajuela promovió la Licitación Abreviada No. 2013LA-000018-2205 para la adquisición de “Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Equipos de Consulta Externa” (ver folios 35 al 65 del expediente admin ...
Fecha publicación: 15/07/2013
Fecha emisión: 10/07/2013
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


R-DCA-396-2013 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del tres de julio de dos mil trece. ----------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por ELVATRON, S.A.., en representación de PENTAX, en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN-000001-2205, promovida por la CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL, HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA ,para el “Sistema de Video Endoscopía de Alta y Baja”.------------------------------------------------------ I. POR CUANTO: La empresa objetante en fecha 20 de junio de 2013 presentó en tiempo el recurso de objeción contra el cartel de la licitación indicada.------------------------------------------------ II. POR CUANTO: La empresa objetante en fecha 21 de junio presentó un alegato adicional al escrito de apelación. ----------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Administración, en fecha 28 de junio, atendió en tiempo la audiencia especial conferida a efectos de referirse a lo argumentado por la empresa objetante.-------------------- VI. POR CUANTO: I: Sobre la Legitimación: La objetante no expone ninguna explicación sobre su legitimación. La Administración no presenta ninguna manifestación a efectos de no considerarla legitimada para recurrir en esta sede. Criterio para resolver: No obstante a que la recurrente no acredita su legitimación para recurrir el cartel de marras, en el sentido de demostrar que el giro comercial de su representada – Pentax – se encuentra relacionado con el objeto del concurso, este órgano contralor entra a conocer el recurso de objeción. Sin embargo, deberá en futuras gestiones acreditar su legitimación para interponer el recurso de objeción. II. De lo argumentado por la objetante: a. Punto 4.7 Cuadro de Ponderación de Ofertas: Manifiesta la objetante que el Hospital San Rafael de Alajuela publica ...
Fecha publicación: 08/07/2013
Fecha emisión: 03/07/2013
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DCA-364-2013 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil trece. ------------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por el consorcio conformado por las empresas SERVICIOS DE MONITOREO ELECTRÓNICO ALFA S. A y por SEGURIDAD ALFA S. A en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública Nacional No. 2012LN-000002-2208, promovida por el HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL, para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia, acto recaído a favor de la empresa OFICINA DE INVESTIGACIÓN CONFIDENCIAL SEGURIDAD Y VIGILANCIA OFICSEVI S. A., por la suma de ¢397.512.000,00. --------------------- RESULTANDO I.- El Consorcio apelante impugnó el acto de adjudicación de la referida Licitación Pública Nacional No. 2012LN-000002-2208 y señala, entre otras cosas, que el precio de su oferta no es excesivo.---------- II.- Mediante auto de las doce horas del doce de abril de dos mil trece, esta División solicitó al Hospital el expediente de la mencionada licitación, el cual fue remitido según oficio HSVP-DG-0542-2013. ------ III.- Mediante resolución R-DCA-222-2013 de las once horas del veinticuatro de abril de dos mil trece, se admitió el recurso presentado por el consorcio aplante, y se concedió audiencia inicial a la Administración y al adjudicatario, la cual fue debidamente atendida.------------------------------------------- IV.- Mediante auto de las diez horas del quince de mayo de dos mil trece, se concedió audiencia especial al apelante, para que se refiriera a lo alegado en contra de su oferta en las respuestas a la audiencia inicial; audiencia especial que fue atendida según documentos agregados al expediente. ------- V.- Mediante auto de las catorce horas del catorce de junio de dos mil trece se concedió audiencia final a las partes, la cual fue oportunamente atendida.------------------------ ...
Fecha publicación: 26/06/2013
Fecha emisión: 21/06/2013
Institución: HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


R-DCA-327-2013 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del siete de junio de dos mil trece. ----------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa DISTRIBUIDORA OPTICA, S.A..., en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA número 2013LN-000001-2205, promovida por la CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL, HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA para el “Sistema de video Endoscopía de Alta y Baja”-------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: La empresa objetante en fecha 27 de mayo de 2013 presentó en tiempo el recurso de objeción contra el cartel de la licitación indicada.------------------------------------------------ II. POR CUANTO: La Administración, en fecha 4 de junio, atendió en tiempo la audiencia especial conferida a efectos de referirse a lo argumentado por la empresa objetante.-------------------- III. POR CUANTO: I: Sobre la Legitimación: La objetante expone que representa de manera exclusiva en Costa Rica a la empresa Fujifilm Corporation, 26-30, Nishiazabu 2-Chome, Minato- Ku, Tokyo 106-860 Japan, de amplio reconocimiento a nivel mundial, dedicada a la fabricación de sistemas de video endoscopia de alta y baja, por lo que manifiesta que es potencial oferente del objeto concursal. La Administración: En el caso de esta recurrente, la Administración no presenta ninguna manifestación a efectos de no considerarla legitimada para recurrir en esta sede. Criterio para resolver: Se considera que la empresa está legitimada para objetar el pliego de condiciones, la Administración licitante no señala obstáculo alguno en ese sentido, y la recurrente refiere tener negocios relacionados con el objeto de licitación. II. De lo argumentado por la objetante: 1. Cláusula 2.2.8 inciso k. En este punto del cartel, explica la Objetante que desde la publicación del cartel que fue día 21 de mayo del 2013 hasta la fe ...
Fecha publicación: 10/06/2013
Fecha emisión: 07/06/2013
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05395 05 de junio, 2013 DCA-1253 Señor Juan Luis Vargas Salas Director Administrativo Hospital San Rafael de Alajuela Estimado señor: Asunto: Se deniega, por no requerirse, autorización para proceder con la cesión de derechos de pago del contrato derivado de la contratación directa 2013CD-00023-2205. Nos referimos a su oficio DAF-0657-13 del 16 de mayo de 2013, por medio del cual solicita autorización para la cesión del contrato derivado de la contratación directa No. 02013CD-000023-2205, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). Mediante oficio DCA-1198 del 29 de mayo de 2013, este órgano contralor requirió información adicional, lo cual fue atendido por medio del oficio DAF-0739-13, donde se aclaró que la gestión versa sobre cesión de derechos de pago, regulada en el numeral 36 del RLCA. 1) Sobre la presente contratación Visto el expediente de la contratación directa que nos fue remitido, se observa que resultó adjudicataria la empresa TempRite de Costa Rica S.A. por un monto de $46.040,00 (folios 108 a 110 del expediente administrativo). De igual manera, del mismo expediente se logra constatar que la firma adjudicada comunicó a la Administración del acuerdo celebrado con Financiera DESYFIN S. A., donde cedía a la citada financiera la suma de $46.040,00, y solicitó que se procediera al endoso del giro correspondiente. Finalmente, mediante oficio DAF-0739-13, esa Administración señaló que la gestión presentada trata de una cesión de derechos de pago, regulada en el artículo 36 del RLCA. Asimismo vía fax, recibido el día 4 de junio de 2013, el Hospital remitió una nota suscrita por uno de los empleados de Tem Prite de Costa Rica S.A., quien manifiesta: “Por este medio le informo que Tem Prite de Costa Rica ...
Fecha publicación: 10/06/2013
Fecha emisión: 05/06/2013
Documento: 05395-2013.pdf
Institución: HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA